JUSTIFICACIÓN

  1. JUSTIFICACIÓN
El proceso de envejecimiento es un auténtico reto que plantea la necesidad de nuevas respuestas, con el fin de propiciar una mejora en las condiciones de vida de las personas mayores que integran nuestra sociedad.

Culturalmente se tiene un concepto equivocado de que la persona, cuando entra a su edad avanzada, no puede realizar actividades que siempre le gustaron. Sin embargo, la persona mayor puede contar con un plan de vida que le permita cumplir nuevas metas, tanto personales como profesionales.

Por otra parte, el artículo 46 de la Constitución Nacional de 1991, afirma: “El Estado, la sociedad y la familia concurrirán para la protección y la asistencia de las personas de la tercera edad y promoverán su integración a la vida activa y comunitaria.

El Estado les garantizará los servicios de la seguridad social integral y el subsidio alimentario en caso de indigencia.”[1], es decir, Colombia hace explícitas las responsabilidades conjuntas del Estado, la sociedad y la familia con el objetivo de promover la protección y la asistencia de las personas mayores y se compromete a garantizar su calidad de vida y su derecho a una vida digna.

Teniendo en cuenta el artículo anterior, la alcaldía local de Suba, intenta mediante la entrega de un subsidio económico mensual de $80.000 a personas de la tercera edad de la localidad, quienes por sus condiciones socioeconómicas no pueden satisfacer sus necesidades de subsistencia, asegurarles la garantía y vigencia de sus derechos fundamentales. No obstante, éste apoyo es insuficiente y multiplica el asistencialismo de la población, teniendo en cuenta que hoy por hoy el imaginario de la comunidad está asociado al paternalismo, presentado éste en los años 80’s y denominado como el “estado de bienestar”, donde la población cree que todos las necesidades de la capital deben ser cubiertas por los organismos o entidades estatales, visión que genera en la población una ausencia de inventiva, de productividad, y, por qué no decirlo, de ver la crisis como una oportunidad.

Por lo anterior se hace necesario generar un cambio en los lineamientos o formulación de proyectos netamente asistencialistas y apuntar a la generación de proyectos que propicien la autosostenibilidad económica en las personas, y se conviertan en una alternativa para la creación de corresponsabilidad social.

Es así como buscamos el reconocimiento de la experiencia y la capacidad productiva de la persona mayor, a través de la implementación de una unidad estratégica de emprendimiento, en la cual se brindarán capacitaciones en gastronomía típica, repostería, artesanías y en planeación estratégica en ideas de negocio, con el objetivo de generar en las personas mayores la posibilidad de tener sus propios ingresos, mediante sus iniciativas empresariales, logrando ser autosostenibles, dejando a un lado el sedentarismo y reconociéndose como seres humanos vitales con capacidad de aportar a su entorno inmediato.


[1] CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA. CAPITULO II: DE LOS DERECHOS SOCIALES, ECONOMICOS Y CULTURALES, Artículo 46.
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